Suscríbase al Boletin Informativo


ALERTAS

Prohibición desuscribir contratos de  comercialización bajo condiciones de exclusividad

Mediante Resolución Administrativa Regulatoria AEMP Nº 001/2010 de 2 de julio de 2010, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) dispuso aspectos relativos a la prohibición de suscribir contratos de comercilización bajo condiciones de exclusividad, aspectos que han sido debidamente analizados y contenidos en nuestro Boletin especial de 14 de julio de 2010, recomendamos su lectura. Esta norma fue publicada en los medios escritos de prensa el 4 de julio de 2010.

Presentación trimestral de planillas de sueldos, salarios y accidentes de trabajo

El Ministerio de Trabajo informa que las empresas están obligadas a realizar la presentación trimestral de planillas de sueldos salario y accidentes de trabajo correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2010 hasta el 30 de julio del año en curso. Los requisitos para dicho trámite son los siguientes:

Planilla de Sueldos de los últimos tres meses
Fotocopia de Aportes a la AFP de los últimos tres meses
Fotocopia de Aportes a la Caja de Salud de los últimos tres meses
Fotocopia del Certificado de Registro Obligatorio de Empleadores
Si su planilla es menos  o igual a Bs. 100.000 comprobante de depósito por Bs. 40; si su planilla es más de Bs.100.000 comprobante de depósito por Bs. 80 en la cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo Nº 501-5034475-3-17 del Banco de Crédito de Bolivia.

Ampliación de plazo para la presentación de convenio salarial y planilla de incremento retroactivo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

Todos los empleadores del sector privado de forma obligatoria deberán presentar en oficinas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social la suscripción del convenio salarial de la gestión 2010 para su respectiva homologación y planillas retroactivas, hasta el 31 de julio del año en curso.

El convenio de incremento salarial deberá ser presentado adjuntando los siguientes documentos:

    • Formulario de declaración Jurada de incremento salarial y pago retroactivo al 1º de enero de 2010, debidamente llenado (este formulario será proporcionado por el Ministerio de Trabajo).
    • Comprobante de depósito por Bs. 35.- en la cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo Nº 501-5034475-3-17 del Banco de Crédito de Bolivia.
    • El convenio salarial y tres copias.
    • Planilla con el pago del incremento retroactivo correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y abril.
    • Planillas salariales correspondientes a los meses de diciembre de 2009 y mayo de 2010.
    • Poder que acredita la personería del representante legal del centro laboral.
    • Presentar todos los documentos en folder amarillo

La planilla del incremento retroactivo deberá ser presentada adjuntando los siguientes documentos:

    • Formulario de declaración Jurada (Formulario único de Presentación Trimestral de Planillas)
    • Planilla con el pago del incremento retroactivo correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y abril.
    • Fotocopia del pago del retroactivo a las AFP´S y Cajas de Seguro Social.
    • Fotocopia del Registro Obligatorio de Empleadores
    • Si su planilla es menos  o igual a Bs.100.000 comprobante de depósito por Bs. 20; si su planilla es más de Bs.100.000 comprobante de depósito por Bs. 40 en la cuenta fiscal del Ministerio de Trabajo Nº 501-5034475-3-17 del Banco de Crédito de Bolivia.
    • Presentar todos los documentos en folder amarillo

El incumplimiento por parte de los empleadores de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 0498 y la Resolución Ministerial N° 396/10 constituye infracción a ley social, sujeto a las sanciones previstas por ley.

Vacación Judicial Anual

De acuerdo a la Circular No. 011/2010 emitida por la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz,  se informa que la Vacación Judicial Anual tendrá una duración de veintiún (21) días calendario a partir del 25 de junio al 15 de julio del año en curso.

Los términos y plazos de los procesos en trámite, quedarán suspendidos a la iniciación de las vacaciones judiciales y reabiertos el día lunes 19 de julio, toda vez que el día 16 de julio es feriado departamental y el 17 de julio hay tolerancia aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura.

Impuesto anual a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA)

La Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Municipal informa que a partir del 3 de mayo se inició oficialmente el cobro del Impuesto anual a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA) de la  gestión 2009 con el 10% de descuento. La fecha límite para el pago del IPVA es el 4 de agosto del año en curso. Para consultar la deuda de su vehículo ingrese a:  www.ruat.gob.bo

Impuesto anual a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPBI)

La Unidad Especial de Recaudaciones del Gobierno Municipal informa que a partir del 28 de junio se inició oficialmente el cobro del Impuesto anual a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPBI) de la  gestión 2009 con el 10% de descuento. La fecha límite para el pago del IPBI es el 6 de octubre del año en curso. Para consultar la deuda de su bien inmueble ingrese a:  www.ruat.gob.bo


Los usuarios interesados en realizar consultas sobre contratación de bienes y servicios, requerimientos de personal, avisos de remate y comunicados, pueden visitar el formato digital de la GACETA OFICIAL DE CONVOCATORIAS DE BOLIVIA.


  

ITF - Manual para personas

ITF - Manual para empresas


Servicio de Impuestos Nacionales
Calendario tributario
Calendario tributario    


Para visualizar el Cuadro General de Impuestos necesita el programa Acrobat Adobe Reader. Si usted no cuenta con dicha aplicación o desea actualizarla puede acceder a ésta mediante el siguiente enlace:



Miranda & Asociados © Todos los Derechos Reservados